El Ministerio de Hacienda está ultimando la orden ministerial que obligará a las entidades financieras a abonar el impuesto extraordinario al sector bancario correspondiente al ejercicio 2024 en los meses de junio y septiembre, según Europa Press.
A pesar de que los bancos aún no han abonado ni contabilizado este tributo, Hacienda asegura que “no hay un vacío legal”, y que el pago se realizará conforme a lo estipulado desde la entrada en vigor del gravamen en 2022. La situación responde al rediseño legislativo aprobado a finales de 2024, que convirtió el gravamen en un impuesto estructural, modificando su forma de devengo.
Inicialmente, el nuevo impuesto debía devengarse el 1 de enero de cada ejercicio, frente al 31 de diciembre que regía para el gravamen temporal. Esta diferencia llevó a una doble imputación contable en 2025, lo que podría haber generado un impacto notable en las cuentas anuales de las entidades.
Consciente del problema, el Gobierno intentó rectificar mediante el llamado decreto ómnibus del 23 de diciembre, proponiendo mantener el devengo el 31 de diciembre. Sin embargo, la no aprobación del decreto el pasado 22 de enero dejó sin efecto la medida de transición.
Así, en 2025 los bancos han registrado el impacto del nuevo impuesto estructural —que pagarán en 2026—, pero no han incluido el importe correspondiente al gravamen temporal de 2024, pendiente de abono. La falta de claridad normativa ha generado incertidumbre en el sector, que ahora espera instrucciones definitivas por parte de Hacienda y el Ejecutivo para cerrar el ejercicio anterior.
Este escenario se produce en un contexto de creciente presión fiscal sobre el sector financiero, que reclama mayor seguridad jurídica y una planificación tributaria más previsible.
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