3.500 millones de euros al año: la recaudación del nuevo impuesto de Sociedades

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Este martes, el Gobierno ha dado luz verde en el Consejo de Ministros al Proyecto de Ley que transpone la directiva europea que establece un nivel mínimo global de imposición del 15% para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, aquellos con una cifra de negocios superior a los 750 millones de euros. Según los técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA), esta medida permitirá recaudar aproximadamente 3.578 millones de euros anuales, una cifra que toma en cuenta las exclusiones basadas en sustancias económicas como activos y personal.

Un largo proceso negociador

Desde GESTHA han señalado que esta medida llega tras un extenso proceso de negociación en el Marco Inclusivo de la OCDE, cuyo objetivo ha sido garantizar que las multinacionales y grandes empresas nacionales tributen un mínimo del 15% en los lugares donde operan. Los técnicos de Hacienda han valorado esta iniciativa como «un primer paso importante», aunque han matizado que la entrada demorada del impuesto complementario y el tipo del 15% dejan margen para que en el futuro se considere un aumento de la tributación al 20%.

Urgencia en la tramitación

GESTHA insta a que la ley se tramite con carácter de urgencia para que pueda ser publicada en el BOE y aplicarse a las filiales de las multinacionales estadounidenses radicadas en España antes del 30 de septiembre de 2024, fecha que marca el cierre del año fiscal en EE.UU.

Configuraciones del impuesto

El documento de GESTHA detalla que España aplicará un impuesto complementario nacional, de acuerdo con la opción prevista en la directiva europea, que gravará a las entidades constitutivas que operen en su territorio y no alcancen una tributación mínima del 15%. De esta forma, la recaudación de la imposición complementaria se situará en España y se simplificará la aplicación de la regla de inclusión de rentas a nivel internacional.

España implementará el nuevo impuesto mediante tres configuraciones complementarias entre sí:

  1. Impuesto complementario nacional: Garantiza que las entidades constitutivas del grupo multinacional o nacional en España que no alcancen una tributación mínima del 15%, lo hagan a través de este impuesto.
  2. Impuesto complementario primario: Se aplicará cuando la matriz de un grupo multinacional esté en España y obtenga rentas de filiales en el extranjero con un tipo impositivo inferior al 15%.
  3. Impuesto complementario secundario: Actúa como un sistema de cierre, activándose cuando algunas de las empresas del grupo multinacional en España hayan obtenido rentas en el exterior no gravadas al 15%.

Recaudación estimada

Basado en las directrices y análisis del simulador del Observatorio Fiscal de la UE, ajustado a las exclusiones de sustancia del anteproyecto, GESTHA estima una recaudación de 3.578 millones de euros anuales. Además, los técnicos han analizado datos detallados de las Estadísticas de la AEAT del Informe País de 2021, concluyendo que las multinacionales de matriz española ubican sus beneficios en países con las mayores rentabilidades como Chipre, Luxemburgo, Dinamarca, Lituania y Letonia.

Esta medida, respaldada por un análisis exhaustivo y un marco de regulación internacional, representa un paso significativo hacia un sistema fiscal más justo y equitativo, alineado con las iniciativas globales para evitar la evasión fiscal y asegurar que las grandes empresas contribuyan de manera justa en los países donde operan.

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