Airbnb ha anunciado que recurrirá la sanción de 64 millones de euros impuesta por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, al considerar que es «contraria al marco legal español y europeo».
Se trata de la segunda mayor multa de la historia de Consumo en España, solo por detrás de los 108 millones impuestos a Ryanair.
La sanción tiene su origen en la publicación de más de 65.000 anuncios de viviendas turísticas que incumplían la normativa de consumo, principalmente por carecer de licencia, utilizar números de registro falsos o incorrectos o no informar con claridad sobre la naturaleza jurídica del anfitrión.
Desde la plataforma aseguran que han colaborado con las autoridades tras la entrada en vigor de la nueva regulación de alquileres de corta duración, el 1 de julio.
Según Airbnb, este trabajo conjunto con el Ministerio de Vivienda ha permitido que más de 70.000 anuncios hayan incorporado un número de registro y sigan disponibles para reserva.
En su comunicado, la compañía sostiene que la obligación de verificar que los anuncios muestran el número de registro “no era aplicable” cuando se inició el procedimiento sancionador en 2024.
«La obligación de las plataformas de garantizar que los anuncios muestran el número de registro se incorporó en esta nueva normativa», señala Airbnb.
La acusación contra Airbnb
El ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, ha subrayado que la sanción es firme y ha recordado que «Airbnb tendrá el derecho si lo estima conveniente de recurrir ante la Justicia, pero esta sanción es firme y por tanto la compañía tendrá que pagar esta multa».
Consumo considera que las prácticas detectadas constituyen infracciones graves, al tratarse de publicidad engañosa y prácticas comerciales desleales.
La multa asciende exactamente a 64.055.311 euros, una cuantía que, según el Ministerio, equivale «a seis veces el beneficio ilícito» obtenido por la plataforma.
Airbnb insiste en que actúa como servicio de la sociedad de la información, amparándose en sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo, que establecen que la información del anuncio es responsabilidad del prestador final del servicio turístico.

















