El Gobierno aprobó la prórroga hasta 2026 de la moratoria contable que permite a las empresas evitar la disolución a causa de las pérdidas sufridas en 2020 y 2021 debido a la pandemia del COVID-19.
Y, como una novedad, amplió la medida a las empresas afectadas por la DANA de octubre de 2024 en Valencia, permitiendo que los efectos de estos desastres naturales no se tengan en cuenta a la hora de determinar si una empresa debe ser disuelta por causa de pérdidas.
Esta prórroga, incluida en el real decreto ley aprobado esta semana por el Consejo de Ministros y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), extiende el período de alivio hasta el cierre de 2026.
De esta manera, las pérdidas generadas tanto por la crisis sanitaria como por fenómenos meteorológicos extremos no se considerarán al evaluar la posible disolución de las empresas hasta ese momento.
¿Qué implica la moratoria contable?
El objetivo de esta medida es dar más tiempo a las empresas para recuperarse de los impactos devastadores que estas crisis generaron, en especial en sectores como la hostelería, el comercio y la construcción.
A lo largo de la pandemia, muchas empresas vieron reducidos sus patrimonios netos a menos de la mitad del capital social, lo que normalmente podría haber derivado en su disolución obligatoria.
La moratoria permitió –recuerda El Economista– que estas sociedades eviten liquidaciones forzadas y sigan operando mientras superan sus dificultades financieras.
El Real Decreto reconoce la necesidad de crear un mecanismo que permita a las empresas absorber estas pérdidas sin recurrir a la disolución, dado que los quebrantos no son consecuencia de la gestión normal de la sociedad.
Como señaló el Gobierno, «la continuidad de la empresa debe ser protegida, permitiéndole superar los obstáculos excepcionales sin verse obligada a cerrar».
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