¿Indemnización de 33 días para interinos? El TSJ de Madrid cree que va camino de ser la nueva norma

Indemnizaciones

Por ahora son 20 días por año trabajado, pero todo apunta a que esa cifra se va a quedar corta. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) está avisando: en España, tarde o temprano, se acabará subiendo la indemnización para interinos y personal laboral de la Administración cuando se les despide tras años de contratos temporales en bucle. ¿La cifra que se baraja? 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades, igual que en un despido improcedente.

El TSJM lanza este mensaje mientras el Tribunal Supremo sigue manteniendo una postura bastante rígida: según ellos, no se puede hacer fijos a los interinos ni al personal laboral, porque iría contra los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad que rigen el acceso a la función pública. Y lo han repetido incluso después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) haya sentenciado (dos veces este 2024) que a los temporales que encadenan contratos abusivos sí se les debería hacer fijos.

Pero como el Supremo no se mueve, el TSJM plantea una vía alternativa: si no se les puede hacer fijos, que al menos se les ofrezca una indemnización como toca. Es decir, no los 20 días actuales (que el TJUE ya ha dicho que son insuficientes), sino los 33 que establece la ley para despidos improcedentes. Una especie de compensación por el abuso prolongado.

¿Se puede hacer fijos a los temporales abusados? 

Aquí viene la parte más interesante: el propio TSJM no está de acuerdo con el Supremo. De hecho, en hasta 16 sentencias del último año (la mayoría en mayo), el tribunal madrileño sostiene que sí hay espacio dentro de la Constitución para hacer fijos a los trabajadores temporales cuando se han usado sus contratos de forma abusiva. Eso sí, matiza que esta vía solo aplicaría en ciertas condiciones, como cuando no hay otras personas reclamando esas plazas y el abuso es evidente.

Para el TSJM, el derecho al trabajo también implica estabilidad, y cuando se sobrepasan ciertos límites de duración en la contratación temporal, debería pesar más la estabilidad que el principio de igualdad. Pero aún así, dicen que tienen las manos atadas: como el Supremo ha dejado clarísimo que no se puede aplicar la fijeza, la Sala no se ve con margen para cambiar su criterio.

¿Y esto a quién afecta?

Importante: esta interpretación afecta solo al personal laboral contratado por la Administración, no a los interinos que han pasado oposiciones pero no consiguieron plaza. Esos casos van por la vía contencioso-administrativa, no por la social.

Mientras el Supremo mantiene su línea, el TSJM intenta buscar un punto medio más justo con una indemnización mayor. No es la solución ideal, pero sí un paso hacia reconocer que los contratos temporales encadenados no pueden seguir tratándose como algo normal en la Administración.

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