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Así endurece el Gobierno las reglas para ampliar el periodo de prueba

Oficina de empleo

Las normas sobre los periodos de prueba cambiarán con el nuevo Real Decreto que el Consejo de Ministros aprobará el próximo martes. La ampliación más allá de los seis meses deberá estar justificada y solo podrá contemplarse mediante convenio colectivo en determinados supuestos.

La norma, impulsada por el Ministerio de Trabajo, busca ‘causalizar’ el periodo de prueba y obligará a que los contratos especifiquen su duración y las condiciones que deberá superar el trabajador para acreditar su continuidad en la empresa.

Los convenios que permitan superar el límite de seis meses tendrán que detallar además en qué situaciones estará justificada esa ampliación. Trabajo pretende así evitar que esta figura se utilice para encubrir relaciones temporales.

¿Cómo se regirán los periodos de prueba?

El Real Decreto reforzará también las obligaciones de información de las empresas. Los trabajadores deberán conocer por escrito los elementos esenciales de su relación laboral y tendrán derecho a recibir información sobre las reglas de los algoritmos utilizados en decisiones laborales, como despidos, asignación de tareas o promociones.

Los contratos deberán recoger aspectos como identidad de las partes, funciones, categoría, jornada, salario y tiempo de cuidado. Cuando no sea posible concretar determinados elementos, la empresa tendrá que ofrecer alternativas que aporten previsibilidad, como preavisos o jornadas mínimas.

La regulación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE y sustituirá al Real Decreto de 1998. España adapta así una directiva europea pendiente desde hace cuatro años.

El texto afectará a contratos nuevos y vigentes. En estos últimos, los trabajadores dispondrán de 30 días para solicitar información adicional que deba figurar en su relación laboral.

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