Bruselas expedienta a España por restringir planes de pensiones

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Este jueves, la Comisión Europea ha publicado los procedimientos de infracción que ha abierto durante julio. Se trata de un conjunto de expedientes en el que España sale como la principal perjudicada por restringir planes de pensiones y presentar defectos en los planes de ahorro de jubilación, pero también por no enmendar las condiciones discriminatorias de los contratos interinos.

Por un lado, el Ejecutivo comunitario mencionado ha expedientado a España por haber introducido restricciones a la normativa nacional de planes de pensiones. De acuerdo con Bruselas, la prohibición de cotizar en planes de pensiones profesionales y personales por encima de las cantidades máximas deducibles a efectos fiscales podría entrar en conflicto con la libre circulación de trabajadores, servicios, capitales y el derecho de establecimiento, todo ello garantizado por los Tratados.

La Comisión Europea ha mandado una carta de emplazamiento a España al considerar que dicha prohibición es un obstáculo en el mercado único y limita el acceso a las pensiones complementarias, aunque el Ejecutivo europeo no pone en cuestión los importes deducibles fiscalmente. Además, el hecho de que nuestro país permita transferencias nacionales, pero no transfronterizas de derechos de pensión en regímenes complementarios de pensión, se opone a las libertades de su mercado interior.

El otro procedimiento asociado a las pensiones que ha abierto Bruselas contra España está relacionado con el producto paneuropeo de pensiones personales, es decir, un plan de ahorro voluntario. La Comisión Europea considera que nuestro país, además de Portugal, no han notificado sus normas sobre sanciones administrativas y otras medidas ligadas a este producto de pensiones.

En ambos casos, Bruselas le ha enviado una carta de emplazamiento a España y esta dispone de 2 meses para darle respuesta. En caso de que no solucione la situación, la Comisión Europea le lanzará un ultimátum, el cual le concede al país otro plazo de 2 meses para subsanar la situación sancionada. Si no, puede elevar dicha cuestión al Tribunal de Justicia de la UE.

Tribunal Superior de Justicia de la UE en Luxemburgo

Tribunal de Justicia de la UE en Luxemburgo

Contratos interinos en España

Bruselas le ha abierto otro expediente a España por no haber limitado las condiciones discriminatorias presentes en los contratos de los empleados interinos del sector público. Asimismo, el Ejecutivo europeo ha instado al mencionado país a aplicar la normativa comunitaria a su legislación nacional para subsanar dicha situación.

La sanción de la Comisión Europea se debe a que ha detectado condiciones de trabajo desfavorables con respecto a los contratos fijos, como, por ejemplo, en lo que respecta al derecho a vacaciones. Sin embargo, en otra carta de emplazamiento, alude a la diferencia de trato en relación con el cálculo de la antigüedad de los empleados, su derecho a algunos tipos de permisos o su acceso a las trayectorias profesionales. Si bien indica que España ha intentado resolver esta tesitura desde 2014, aún le quedan muchas cosas que enmendar.

Igual que en el caso mencionado con anterioridad, nuestro país cuenta con 2 meses para subsanar las infracciones en las que ha incurrido. De lo contrario, Bruselas le dará un ultimátum de 2 meses para que cambie la normativa. Tras ellos, si no se resuelve la situación, el Ejecutivo europeo dejará el caso en manos del Tribunal de Justicia de la UE.

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