En un movimiento significativo hacia la justicia fiscal, el Consejo de Ministros ha aprobado la aplicación de un tipo mínimo del 15% en el impuesto de Sociedades para las grandes empresas, aquellas con una cifra de negocio que supera los 750 millones de euros. Esta medida transpone una directiva europea, diseñada para evitar la deslocalización de beneficios a territorios con baja o nula tributación, un fenómeno que, según explicó la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, causa un perjuicio considerable en los ingresos de los Estados miembro y perpetúa una situación de competencia desleal.
«De lo que se trata es avanzar hacia un orden fiscal internacional más justo, a ser posible armonizado, basado en la idea que quien más gana más debe contribuir al conjunto de la sociedad», declaró Montero en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. La ministra subrayó que la medida ahora iniciará su trámite parlamentario, donde espera obtener un amplio apoyo, especialmente de aquellos que abogan por un sistema fiscal más equitativo.
Montero celebró la medida como un avance hacia la justicia fiscal y social. «Es un día, por tanto, para felicitarnos los que creemos sobre todo en la justicia fiscal como base para el desarrollo de la justicia social y el Estado del bienestar», afirmó. Además, destacó otras actuaciones en el ámbito empresarial, como los impuestos a las energéticas y a la banca, señalando que estos han permitido rebajas del IVA en luz, gas y alimentos básicos, mostrando una política fiscal que redistribuye equitativamente la carga tributaria.
Tres configuraciones del Impuesto Complementario
La directiva europea, según explicó Montero, contempla la creación de un impuesto complementario que puede adoptar tres configuraciones distintas, todas compatibles entre sí. La primera configuración es un impuesto complementario nacional cuyo objetivo es garantizar que el tipo efectivo sea del 15%. No obstante, Montero indicó que esta opción es «improbable» en España debido a la existencia de un tipo mínimo del 15% sobre la base imponible.
La segunda configuración es el impuesto complementario primario, que se aplica cuando la matriz de un grupo multinacional se encuentra en España y obtiene rentas de filiales situadas en el extranjero. La tercera configuración es un impuesto complementario secundario, que actúa «como un sistema de cierre», según Montero.
Una vez finalice el periodo transitorio, se evaluará el comportamiento de ambas figuras fiscales: la nacional, que se aplica sobre la base imponible, y la normativa europea, que actúa sobre el resultado contable ajustado. Este análisis será crucial para asegurar la efectividad de las medidas y su alineación con los objetivos de justicia fiscal establecidos.
Impacto y perspectivas
La implementación de este tipo mínimo del 15% en el impuesto de Sociedades representa un paso firme hacia un sistema fiscal más justo y equitativo, donde las grandes corporaciones contribuyen de manera proporcional a sus ganancias. Esta iniciativa no solo busca mejorar la recaudación estatal, sino también fomentar una competencia leal y responsable entre empresas a nivel internacional.
Con esta medida, España se alinea con la tendencia global de combatir la evasión fiscal y garantizar que las grandes empresas paguen su parte justa de impuestos, contribuyendo así al bienestar económico y social del país. La aprobación y puesta en marcha de esta normativa dependerá ahora del debate parlamentario y del apoyo político que reciba en su trámite legislativo.
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