La CNMC abre segunda fase en la compra de Esteve Teijin por Oximesa

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) inició la segunda fase del análisis sobre la operación por la que Oximesa pretende adquirir el control exclusivo de Esteve Teijin Healthcare, su competidora en el ámbito de las terapias respiratorias a domicilio.

Esta decisión, anunciada en el expediente C/1544/25, responde a los posibles riesgos detectados durante la primera fase de evaluación.

Ambas compañías operan en un sector clave para la atención sanitaria domiciliaria, especialmente en el suministro y gestión de tratamientos respiratorios.

Según concluyó la CNMC, la integración de Esteve en Oximesa podría dar lugar a una concentración excesiva en el mercado, reduciendo de forma significativa la competencia efectiva.

El organismo regulador señaló que Esteve Teijin, además de ser uno de los principales actores del sector, cuenta con altas expectativas de crecimiento y es, en la actualidad, la única competidora de tamaño medio con capacidad para presionar a los dos grandes operadores: Oximesa y Air Liquide.

La desaparición de esta rivalidad podría derivar en un debilitamiento de la competencia y facilitar comportamientos unilaterales no coordinados.

La investigación sobre Oximesa

La CNMC advierte del riesgo de coordinación tácita entre empresas en un entorno altamente estructurado, caracterizado por licitaciones públicas que podrían volverse menos disputadas si disminuye el número de ofertantes relevantes.

El análisis también contempla posibles efectos verticales, dado que Oximesa y Esteve Teijin participan en mercados conexos como la distribución de productos sanitarios y el suministro de oxígeno medicinal.

La integración de estas actividades podría afectar negativamente a otros operadores o introducir barreras de entrada.

La apertura de la segunda fase no prejuzga el desenlace final.

A partir de ahora, la CNMC podrá recabar más información y recibir alegaciones tanto de Oximesa como de terceros interesados.

El proceso concluirá con una resolución que podrá autorizar la operación, imponer condiciones o, en su caso, prohibir la concentración si se confirma que amenaza significativamente la competencia en el sector.

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