La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso a Telefónica una multa de 20 millones de euros por infringir los compromisos adquiridos tras la compra de DTS (antigua Sogecable) en 2015.
La operación fue autorizada bajo la condición expresa de que la compañía no estableciera restricciones que limitaran la libertad de los usuarios para cambiar de operador en sus servicios de televisión de pago.
Según el análisis del regulador, entre el 30 de agosto de 2021 y el 30 de abril de 2023, Telefónica ofertó sus paquetes “Movistar Fusión” y “MiMovistar” incluyendo televisión de pago y el arrendamiento de dispositivos con condiciones de permanencia, así como penalizaciones en caso de baja anticipada.
“La CNMC constata que estas prácticas contravenían los compromisos aceptados y restringían la libertad de los clientes para cambiar de operador”, señala el organismo en un comunicado.
El regulador destaca que no es la primera vez que se detecta una vulneración de este tipo.
Los antecedentes de Telefónica
En 2023, ya impuso una sanción de 6 millones de euros por ofertar “Movistar Fusión” junto al alquiler de un teléfono móvil con condiciones similares.
En esta ocasión, la CNMC afirma que la compañía amplió esa práctica a otros dispositivos electrónicos y endureció los términos contractuales.
“El incumplimiento de lo establecido en los compromisos de una operación de concentración supone una infracción muy grave en virtud del artículo 62.4.c de la Ley de Defensa de la Competencia”, recordó el organismo.
Además, se consideró un agravante la reiteración en la conducta por parte de Telefónica, lo que ha influido en la cuantía de la sanción.
La CNMC recuerda que Telefónica puede recurrir la resolución mediante recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses desde la notificación.
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