El Consejo de Ministros dio luz verde al Real Decreto que establece el procedimiento para permitir el adelanto de la edad de jubilación en determinadas profesiones especialmente penosas, peligrosas, tóxicas o insalubres.
La medida, impulsada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, busca adaptar la edad de retiro a las condiciones reales del trabajo en sectores con altos índices de morbilidad y mortalidad.
El nuevo marco normativo fija indicadores objetivos como referencia para valorar la procedencia de aplicar coeficientes reductores a la edad de jubilación, según una nota de prensa.
Entre ellos se encuentran la incidencia de bajas por incapacidad temporal, fallecimientos o casos de incapacidad permanente, así como la duración media de los procesos médicos relacionados con la actividad laboral.
También se tendrán en cuenta factores como el tipo de jornada, la rotación en el empleo o la distribución geográfica.
Las actividades susceptibles de acceder a esta jubilación anticipada deberán demostrar condiciones de penosidad (como exposición a ruido, temperaturas extremas o uso constante de fuerza física), toxicidad (presencia de agentes químicos o biológicos nocivos), peligrosidad (riesgo de accidente elevado) o insalubridad (ambientes perjudiciales para la salud).
El proceso para la jubilación anticipada
Este procedimiento, que toma como referencia modelos existentes en países como Francia o Italia, no afectará a colectivos que ya gozan de este derecho, como trabajadores del mar, minería o aviación.
Solo se aplicará a nuevos sectores que acrediten cumplir los requisitos mediante el procedimiento regulado.
La solicitud deberá ser presentada de forma conjunta por organizaciones sindicales, empresariales, de autónomos o, en su caso, por administraciones públicas, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
Los informes elaborados por esta entidad, junto con los del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Inspección de Trabajo, serán evaluados por una comisión mixta con participación de los agentes sociales.
Una vez superado este trámite, el Gobierno podrá aprobar un decreto específico para aplicar los coeficientes reductores.
En ningún caso se podrá adelantar la jubilación por debajo de los 52 años, ni compatibilizar la pensión anticipada con la continuidad en la misma actividad.
Esta norma cuenta con el respaldo de UGT, CCOO, CEOE y CEPYME, y se enmarca en el Acuerdo de Diálogo Social alcanzado en julio de 2024, en cumplimiento de la Ley 21/2021.
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