Los acreedores del Reino de España, afectados por el impago de las indemnizaciones correspondientes a la retirada retroactiva de las primas renovables, han enviado una notificación prejudicial al Gobierno en la que advierten que pondrán en marcha un procedimiento de default técnico. Esta sirve como antesala para efectuar un procedimiento de ejecución legal que se iniciará este mismo verano ante el Tribunal Superior de Inglaterra y Gales.
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Tribunal Superior de Inglaterra y Gales
Esta maniobra, que se ha anunciado pocas semanas después de que la justicia belga le embargase 80 millones de euros a la empresa pública Enaire, propietaria de Aena, como medida de compensación ligada a esta misma controversia, es el resultado de los reiterados incumplimientos de pago por parte del Ejecutivo patrio.
Asimismo, esta misma semana se ha materializado el embargo del 26% del derecho de usufructo de Aena sobre el aeropuerto londinense de Luton, una decisión que ha sido autorizada por la justicia británica.
En concreto, el grupo de afectados, encabezado por Blasket Renewable Investments, ha tomado la mencionada decisión en relación con un bono de deuda valorado en 200 millones de libras esterlinas, lo que equivale a 237 millones de euros.
El título en cuestión vence en 2029, pero, debido al procedimiento de default técnico, España puede verse en la obligación de saldar los pagos pendientes de inmediato.
Por otra parte, los Acreedores defienden que el incumplimiento reiterado de los laudos que condenan al Gobierno a pagar más de 1.560 millones por retirar retroactivamente las primas renovables da pie a un escenario contemplado en la emisión de este título de deuda. De este, se deriva la activación de la cláusula de incumplimiento cruzado (cross default) que deja a España en situación técnica de default.
La justicia británica ya le ha dado la razón a los Acreedores en relación a su reclamación de otras medidas de compensación por los impagos, caso de los embargos que penden sobre la indemnización correspondiente a la catástrofe del Prestige (más de 900 millones de euros), la sede del Instituto Cervantes en Londres, un edificio en el que se ubica una oficina de acción económica operada por el Gobierno autonómico catalán, 4 cuentas bancarias o la propiedad en la que se localiza el Instituto Español Vicente Cañada Blanch.
Cláusula de cross default
Cuando España emitió el título de deuda sujeto al procedimiento, incluyó en él una cláusula que estipula que el impago por parte del emisor del principal o los intereses de cualquier deuda pondría en marcha un escenario susceptible de activar una cláusula de incumplimiento cruzado. En virtud de esta, se puede reclamar la redención inmediata de los pagos pendientes a los tenedores del bono en cuestión, que vence en el año 2029.
Además, los afectados destacaron que existen otros 3 títulos de deuda denominados en dólares, yenes y euros, cuyo valor combinado alcanza los 750 millones de euros y cuyo articulado recoge una cláusula idéntica mediante la cual se puede invocar el escenario de cross default. Por lo tanto, el Ejecutivo español se expone al pago anticipado de 4 bonos del Tesoro valorados en 800 millones de euros.
Blasket Renewable Investments avisó de la notificación del evento de incumplimiento en una carta que envió al Gobierno de España en abril de 2023. No obstante, no recibió respuestas a las diversas cartas y solicitudes de comunicación formuladas.
La forma en la que está estructurado el bono, con un agente fiscal en lugar de un fideicomiso al uso, permite que cualquier tenedor de estos títulos emita el preceptivo aviso de incumplimiento técnico. Así, los más de 25 laudos pendientes de pago abren la puerta a este tipo de procedimiento, teniendo en cuenta los más de 1.560 millones que debe España. Esta cifra asciende a los 1.875 millones si se cuentan las condenas en costas, los intereses de demora y otros sobrecostes.
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