La Agencia Tributaria facilita el proceso a autónomos y empresas

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A partir de septiembre, la Agencia Tributaria implementará una medida que marcará un antes y un después para autónomos y empresas: la posibilidad de corregir errores en la liquidación del IVA de manera sencilla y rápida. Esta innovación se materializará a través de un nuevo modelo 303 de autoliquidación del IVA, que permitirá rectificaciones exprés.

Simplificación del proceso

El nuevo sistema, que será aprobado próximamente por el Ministerio de Hacienda, permitirá a los contribuyentes corregir de inmediato cualquier error en sus autoliquidaciones. Si han pagado de más, podrán rectificar y solicitar una devolución a Hacienda. Si han pagado de menos, tendrán la opción de ingresar la cantidad correspondiente sin necesidad de trámites adicionales.

Desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), explican que esta medida sustituye al sistema dual anterior. Anteriormente, si un contribuyente había ingresado menos de lo debido, debía presentar una declaración complementaria para abonar la diferencia. Si había pagado de más, debía presentar una rectificativa para solicitar la devolución. «Con el nuevo modelo, tanto si el contribuyente se ha equivocado a su favor o en su contra, tendrá que regularizarlo mediante esta nueva figura», señalan desde el REAF.

Primeras rectificaciones y plazos

Las primeras rectificaciones bajo este nuevo sistema podrán presentarse en el tercer trimestre del año para aquellos que liquiden el IVA trimestralmente, o en septiembre para los que lo hagan mensualmente. Los contribuyentes dispondrán de un período de cuatro años para regularizar cualquier error en sus liquidaciones, contado a partir del día siguiente al plazo de presentación de la autoliquidación.

Excepciones y limitaciones

Sin embargo, no todas las situaciones podrán acogerse a estas rectificaciones exprés. La Agencia Tributaria mantendrá el sistema anterior para determinados casos. Según fuentes del REAF, la finalidad de este cambio es agilizar los trámites de devoluciones, pero «hay ciertas operaciones en las que la Administración necesita revisarlas antes de proceder con la devolución».

Por ejemplo, no se permitirá las rectificaciones exprés cuando se haya repercutido indebidamente cuotas a otros obligados tributarios, ni en operaciones bajo regímenes especiales aplicables a ventas a distancia y entregas interiores de bienes y servicios.

Uso dual del sistema

En casos excepcionales, los contribuyentes podrán elegir entre el nuevo y el antiguo sistema si consideran que Hacienda debe devolverles el IVA porque la aplicación de la norma es inconstitucional o contraria al derecho de la Unión Europea. No obstante, la Agencia Tributaria aclara que, aunque en estas circunstancias se puede utilizar ambos modelos, solo el sistema antiguo permite presentar documentos para justificar la corrección.

Aclaraciones y ejemplos prácticos

El Ministerio de Hacienda, que encabeza María Jesús Montero, ya ha sometido el nuevo modelo al trámite de audiencia e información pública. Tras su aprobación, publicará una nota en su página web para aclarar cualquier duda y proporcionará ejemplos prácticos.

Esta medida se enmarca en una serie de simplificaciones aprobadas a través de un Real Decreto en enero, que buscan facilitar la corrección de errores en la Renta, el IVA y el Impuesto de Sociedades, y que ahora comienzan a ponerse en práctica.

La nueva medida promete aliviar la carga administrativa para autónomos y empresas, facilitando un proceso más ágil y transparente para la corrección de errores fiscales.

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