El Derecho a la Flexibilidad Laboral se amplía a funcionarios con necesidades de cuidado familiar

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Los funcionarios públicos podrán acogerse a la flexibilidad laboral según el Artículo 47 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que se ha actualizado para incluir no solo a aquellos con hijos menores de 12 años a su cargo, sino también a quienes necesiten cuidar de hijos mayores de 12 años con necesidades especiales. Esta modificación, recogida en el Real Decreto-ley 2/2024 de 21 de mayo, está en vigor y pendiente de convalidación en el Congreso.

La adaptación de la jornada para estos casos ya se había incluido en el Estatuto de los Trabajadores para el sector privado el 29 de junio de 2023. Ahora, se extiende específicamente a los funcionarios públicos, garantizando que las Administraciones Públicas adopten medidas de flexibilización horaria para favorecer la conciliación familiar y laboral.

El documento del Real Decreto-ley establece que las medidas de flexibilización horaria también se aplicarán a los empleados públicos que tengan que cuidar de sus cónyuges o parejas de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado, así como otras personas que convivan en el mismo domicilio y que no puedan valerse por sí mismas debido a razones de edad, accidente o enfermedad.

En el sector privado, la empresa debe responder a la solicitud del trabajador en un plazo máximo de 15 días, comunicando por escrito la aceptación de la petición, planteando una propuesta alternativa o denegándola con una justificación objetiva. Además, el empleado tiene derecho a regresar a su situación laboral anterior una vez concluido el periodo acordado o cuando desaparezcan las causas que motivaron la solicitud. En el caso de los funcionarios, el Artículo 47 del Estatuto Básico del Empleado Público no detalla este derecho de retorno, pero el Gobierno regula ahora su implementación para los funcionarios.

Una Medida Clave para la Conciliación Familiar

La modificación legislativa se hace para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y cuidadores. Este es el segundo intento del Gobierno para implementar esta normativa, después de que el Real Decreto-ley 7/2023 fuera derogado por el Congreso en enero de 2024.

El nuevo decreto debe pasar de nuevo por el Congreso, y podría enfrentarse a otro rechazo, lo que anularía la modificación legislativa y el nuevo derecho de los funcionarios. Este real decreto-ley también es relevante para el Gobierno porque incluye la reforma del subsidio por desempleo, vinculada al cuarto pago de fondos europeos Next Generation EU.

En enero, Podemos votó en contra de la reforma como castigo a la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Ahora, el Gobierno ha diseñado una reforma para ganar el aval del partido morado, pero enfrenta incertidumbres con Junts, un socio considerado imprevisible.

El Gobierno está encontrando dificultades para aprobar sus propuestas legislativas en el Congreso. La semana pasada, el PSOE sufrió seis derrotas en el Pleno del Congreso, incluida la retirada de la Ley del Suelo, que también figura en el plan firmado con Bruselas para recibir fondos europeos, pero que es un compromiso que debe cumplirse más adelante.

Un Futuro Pendiente del Congreso

La ampliación del derecho a la flexibilidad laboral para los funcionarios públicos con responsabilidades de cuidado familiar representa un paso significativo hacia la igualdad y la conciliación. Sin embargo, su futuro depende de la aprobación en el Congreso, donde las dinámicas políticas y las alianzas serán cruciales para su implementación definitiva.

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