El Consejo de Ministros aprobó un nuevo “permiso climático” para garantizar los derechos de los trabajadores en situaciones de catástrofes o alertas climáticas.
Por una propuesta del Ministerio de Trabajo, esta medida establece que los empleados podrán disfrutar de hasta cuatro días de permiso remunerado si no pueden acudir a su puesto de trabajo debido a condiciones meteorológicas extremas o restricciones de desplazamiento impuestas por las autoridades.
El permiso climático será aplicable en situaciones como fenómenos meteorológicos adversos o catástrofes naturales, cuando las autoridades recomienden o prohíban el tránsito en las vías necesarias para llegar al centro de trabajo, o cuando se presenten riesgos graves e inminentes para la seguridad de los trabajadores.
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, explicó que, tras esos cuatro días, las empresas podrán optar por integrar a los trabajadores en un ERTE o prorrogar el permiso, compartiendo los costes.
Además, si la actividad de la empresa lo permite, se podrá aplicar el trabajo a distancia bajo la ley 10/2021.
Medidas por permiso climático
La nueva normativa también obliga a que los convenios laborales incluyan un protocolo de actuación ante catástrofes y fenómenos meteorológicos, con medidas específicas para prevenir riesgos.
Asimismo, las empresas deberán informar a los trabajadores sobre las actuaciones a seguir cuando se active una alerta por catástrofe o emergencia, interrumpiendo la actividad hasta que el peligro haya cesado.
Además, las empresas tendrán un plazo de 12 meses para elaborar estos protocolos climáticos adaptados a los riesgos específicos de su actividad.
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