Así cambia la jubilación parcial: más flexibilidad y contratos de calidad

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El Gobierno acaba de dar luz verde a una reforma clave en el sistema de jubilación parcial, activa y demorada. El objetivo es claro: que los trabajadores se retiren de forma más gradual, alargando la edad media de jubilación, creando empleo de calidad y fortaleciendo las arcas de la Seguridad Social. Todo esto pasa por renovar el contrato de relevo, que ahora incluye nuevas reglas pensadas para mejorar las condiciones laborales y asegurar estabilidad. 

Contrato de relevo: más estabilidad y calidad 

Con las nuevas normas, las empresas que opten por la jubilación parcial con contrato de relevo estarán obligadas a ofrecer a los relevistas contratos indefinidos y a tiempo completo, con protección frente a despidos durante al menos dos años. ¿La idea? Sustituir al empleado sénior que se jubila progresivamente, asegurando que el relevo no solo sea funcional, sino también digno. 

En cuanto a la reducción de jornada, el trabajador que se jubila parcialmente podrá reducir entre el 25% y el 75% de su jornada laboral de manera general. En algunos casos, incluso podrá adelantar la jubilación hasta tres años (a partir de los 62 años) si ha completado una carrera de cotización completa, con reducciones más pequeñas del 20%-33% el primer año y la posibilidad de combinar salario y parte de su pensión. 

¿Y qué pasa con los relevistas? 

La reforma también da flexibilidad a las empresas en la gestión de los relevistas. Si el contrato de relevo se extingue antes de lo previsto, la empresa deberá contratar a un desempleado bajo las mismas condiciones o cubrir el puesto con alguien de la plantilla. Incluso podrán mejorar las condiciones de empleados con contratos a tiempo parcial o temporales, siempre que cumplan los requisitos del puesto. 

Los contratos fijos discontinuos también salen ganando: si un empleado fijo discontinuo es promovido a relevista, la empresa deberá contratar otro fijo discontinuo para cubrir la actividad del anterior, manteniendo así la calidad del empleo. 

Excepciones temporales antes de la jubilación parcial

No todos los contratos de relevo tendrán que ser indefinidos. Si el trabajador sénior ya ha alcanzado la edad ordinaria de jubilación (mínimo 65 años), el contrato del relevista podrá ser temporal, pero deberá durar al menos un año o hasta que finalice la jubilación parcial. Además, se deberá contratar a un desempleado o recolocar a otro empleado temporal de la plantilla. 

Nuevas oportunidades para combinar pensión y salario 

La normativa también abre nuevas opciones para combinar el cobro parcial de la pensión con el salario. El relevista y el jubilado parcial podrán ocupar el mismo puesto o roles diferentes, e incluso organizar sus horarios de manera complementaria o simultánea, dependiendo de las necesidades de la empresa. 

Industria: más contratos fijos y sube la cotización 

En el caso de la industria manufacturera, la regulación especial de la jubilación parcial se extiende hasta 2029. Las empresas deberán garantizar que al menos el 75% de su plantilla tenga contratos indefinidos para poder acceder a esta modalidad. 

Durante el periodo de jubilación parcial, tanto la empresa como el trabajador deberán cotizar hasta por el 80% de la base de cotización del empleado, aunque este cambio será progresivo: arrancará con un 40% en 2025 y alcanzará el 80% en 2029. Además, el Gobierno revisará el impacto de esta reforma en 2028. 

Para redondear, la reforma también beneficia a los socios trabajadores de cooperativas, que ahora podrán acceder a la jubilación parcial bajo las mismas condiciones que los trabajadores por cuenta ajena. 

 

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